1.- ANTECEDENTES GENERALES
La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidad, faculta a los Municipios, para otorgar subvenciones y aportes a personas jurídicas de carácter público sin fines de lucro que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones. Dichos aportes no pueden superar el 7% del Presupuesto Municipal, excluidos los aportes destinados a servicios incorporados a la gestión: Educación, Salud y Cementerio.
2.- CONCURSANTES
Podrán concursar, al Fondo Municipal de Subvenciones, las personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro.
Los concursantes, podrán tener su domicilio dentro o fuera del ámbito territorial de la Comuna de Yungay.
Deberán presentar antecedentes, debidamente legalizados de la personalidad jurídica, Estatutos, así como documentos actualizados en que conste la personería del representante legal.