La Secretaría Comunal de Planificación opera como la instancia encargada de proveer todo el soporte técnico, estratégico, integral y funcional que permite el diseño y la implementación de los planes y programas de la municipalidad, incluyendo el Plan de Desarrollo comunal PLADECO, los sistemas de control de gestión y los resultados de la evaluación de dicho plan y de todos los proyectos que solicite el alcalde o que competan al Concejo Municipal, en virtud de la estrategia de desarrollo comunal adoptada.
Dirección
Esmeralda #380. Edificio Consistorial. 2° Piso.
Teléfono
42 2 255646
Correo
secresecplan@yungay.cl
Funciones
- Servir de secretaría técnica permanente del (la) Alcalde(sa) y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo, de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
- Asesorar al(a) Alcalde(sa) en la elaboración de los proyectos de Plan Comunal de Desarrollo y de Presupuesto Municipal.
- Asesorar al (la) Administrador(a) municipal en todas aquellas materias que le haya delegado el(la) Alcalde(sa) y en las demás materias que el (la) Administrador(a) le solicite.
- Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente.
- Implementar Sistema Control de Gestión Municipal: recopilar, sistematizar y analizar información referente a los planes de acción junto con informar a Administrador Municipal y Alcalde(sa) sobre la materia.
- Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
- Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el presente Reglamento Municipal.
- Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
- Adscrito a esta unidad existirá el Asesor Urbanista, a quien corresponden asesorar al(a) Alcalde(sa) y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano, estudiar y elaborar el plan regulador comunal y mantenerlo actualizado.
- Analizar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto Administrativo Municipal, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y demás normas internas de administración.
- Proponer políticas de su área de competencia.
- Mantener un catastro, estadísticas e indicadores actualizados de la gestión de la Dirección.
- Canalizar, atender y solucionar o proponer soluciones, a las solicitudes, sugerencias y reclamos que la comunidad represente en esa unidad.
- Cumplir las demás Funciones que la legislación vigente o el(la) Alcalde(sa) le asigne.
Departamentos
- Departamento de Planificación y Presupuesto
- Departamento de Proyectos y Estudios
- Departamento Asesor Urbanista
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