La Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 20, indica que la estructura orgánica de la municipalidad deberá contar con una Secretaría Municipal. Esta unidad depende directamente del alcalde y está a cargo de un Secretario Municipal.
Dirección
Calle Esmeralda #380. Edificio Consistorial, 2° Piso
Teléfono
42 2 2556 00
Correo
gecabe@yungay.cl
Funciones
La Secretaría Municipal tiene a su cargo las siguientes funciones:
- Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del Concejo Municipal.
- Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
- Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecidas por la Ley N° 18.575.
- Distribuir la correspondencia que ingresa al Municipio por la Oficina de Partes.
- Servir de Ministro de Fe y secretario de actas del Concejo Municipal.
- Redactar las actas del concejo.
- Informar mediante certificados los acuerdos del concejo, a las diferentes unidades municipales.
- Emitir certificados de personalidad jurídicas vigentes, de las diferentes organizaciones comunitarias.
Unidades
- Oficina de Registro de Personas Jurídicas
- Oficina de Partes
- Oficina de Actas y Archivos
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